El Gobierno de Ecuador ha emitido el Decreto Ejecutivo 487, introduciendo importantes reformas al reglamento de la Ley de Régimen Tributario Interno. Según la Yogonet, este decreto establece que los operadores de apuestas y pronósticos deportivos deberán obtener una licencia otorgada por el Ministerio del Deporte para operar legalmente en el país.
Licencia para operar: requisitos y vigencia
La nueva normativa determina que la licencia será el único documento habilitante para desarrollar actividades relacionadas con pronósticos deportivos en Ecuador. Tendrá una validez de cinco años y un costo equivalente a 655 Salarios Básicos Unificados, lo que representa un total de USD 307.850.
Impuestos para operadores y jugadores
El decreto también introduce un Impuesto Único a la Renta del 15% para los operadores de apuestas deportivas, calculado sobre los ingresos brutos menos los premios entregados. Este impuesto será administrado por el Servicio de Rentas Internas (SRI), la autoridad tributaria del país.
Adicionalmente, los premios otorgados a los jugadores estarán sujetos a una retención en la fuente del 15% en concepto de Impuesto a la Renta, la cual deberá ser declarada y pagada mensualmente por los operadores. Esta retención será considerada como un crédito tributario para los jugadores al momento de realizar su declaración anual del Impuesto a la Renta.
Plazos para adecuaciones e implementación
Los operadores tendrán un plazo de tres meses para ajustar sus sistemas y cumplir con la normativa secundaria. Por su parte, el Ministerio del Deporte deberá emitir, en ese mismo plazo, la reglamentación necesaria para garantizar el cumplimiento de lo establecido.
Asimismo, la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) y otras entidades encargadas de la supervisión y control contarán con el mismo periodo para implementar sistemas y mecanismos de monitoreo. Durante este tiempo, las plataformas no serán objeto de sanciones.
Otras obligaciones de los operadores
Según el análisis realizado por HEKA Abogados, los operadores estarán obligados a:
- Declarar y pagar mensualmente el impuesto, incluso si no han registrado operaciones.
- Presentar una declaración anual consolidando ingresos y gastos.
- Emitir comprobantes de venta debidamente autorizados.
Panorama actual del sector
Hasta septiembre de 2024, el SRI informó que 65 plataformas de apuestas deportivas se han registrado para operar en el país. De estas, 19 corresponden a empresas o personas jurídicas y 46 a personas naturales. Además, dos de estas empresas son extranjeras no domiciliadas en Ecuador: Logflex MT Limited, que opera bajo la marca Novibet, y Kaizen Gaming International, propietaria de la marca Betano.
Con estas reformas, Ecuador busca regularizar y estructurar el sector de las apuestas deportivas, estableciendo un marco legal y tributario claro para su funcionamiento. Este paso supone un avance significativo en la consolidación del mercado de juegos de azar en el país.